El Consistorio pide 5.896€ al año a la gasolinera de Azarquiel

Galán
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El Ministerio de Fomento autorizó su instalación «en régimen precario» en 1991. El Ayuntamiento de Toledo cree que su uso no se corresponde con el título que ostenta y exige a los propietarios un canon anual por ocupación de suelo público

La estación de servicio cuya ocupación será objeto de regularización se ubica entre la glorieta de Azarquiel y el paseo de la Rosa. - Foto: David Pérez

La gasolinera ubicada entre la glorieta de Azarquiel y el paseo de la Rosa lleva más de tres décadas prestando servicio a la ciudadanía. Sin embargo, el Ayuntamiento de Toledo en Junta de Gobierno Local ha procedido a regularizar la situación de su ocupación porque se considera que «tanto la extensión temporal del uso, como la espacial, no se compadece con el título habilitante que ostenta el titular de la misma».

Esto se debe a que inicialmente la parcela en la que se ubica este establecimiento pertenecía al Ministerio de Fomento, que fue quien cedió la ocupación de la misma a la propiedad actual por medio de una autorización «en régimen precario» en el año 1991. Y es ahí donde radica el problema actual, porque el Ayuntamiento, ahora titular del suelo en el que se enclava esta gasolinera desde 2002, se remite en términos jurídicos a un uso indebido de la parcela.

Según se establece en un informe municipal realizado para valorar su posible regularización, pese a enclaustrarse la gasolinera en un suelo previsto para el uso que se le da según la planificación urbanística vigente, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales establece que la ocupación de una porción de dominio público que excluye el udo de los demás interesados debe estar sujeto a una concesión administrativa y no a una autorización como en este caso se registra.

Asimismo, el informe se ampara en que la ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas señala que «nadie puede, sin título que lo autorice, ocupar bienes de dominio público excediendo el derecho de uso que corresponde a todos», así como que, en caso de autorizarse, «habrá de otorgarse por tiempo determinado», nunca superior a cuatro años, incluidas prórrogas. Un argumento que contempla, por tanto, la extinción o caducidad de la autorización por vencimiento de plazo.

Teniendo en cuenta que el por aquel entonces Ministerio de Fomento atribuyó en la redacción de su autorización a que la administración podría modificar la misma, suspenderla temporalmente o cesarla definitivamente sin indemnización alguna «si lo juzga conveniente», ahora el Consistorio cree que la situación jurídica de la ocupación debe ser objeto de regularización.

Para ello, la Junta de Gobierno Local con la aprobación del inicio del expediente concluye que la empresa promotora de la estación de servicio debe afrontar un canon anual de 5.869,69 euros con cáracter retroactivo a los años no prescritos a percibir por el Ayuntamiento. Un impuesto que responde a la ocupación actual de la caseta de control, de los surtidores, de los accesos y del quiosco anexo, ya que en la descripción catastral registrada hasta el momento sólo se incluía la ocupación correspondiente a la caseta de control. 

Un espacio que lleva regentándose tres décadas y del que sólo se registran dos pagos, uno de 6,31 euros como canon de ocupación por la autorización correspondiente y otro de 514 pesetas en 1991 bajo el concepto de la liquidación de la 'Ocupación del suelo, subsuelo y vuelo (Surtidor de Gasolina) en paseo de la Rosa'.