Dos centenares de alojamientos turísticos están sin regular

F. F.
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Según la EMV por internet se comercializan 510 alojamientos extra hoteleros pero solo 19 apartamentos turísticos y 289 viviendas de uso turístico están apuntadas en el Registro

Dos centenares de alojamientos turísticos están sin regular - Foto: ï»Yolanda Redondo

El municipio de Toledo tiene oficialmente 19 apartamentos turísticos y 289 viviendas de uso turístico (a 1 de noviembre de 2019 en el Registro de empresas), el 90% en el Casco Histórico (incluido Antequeruela y Covachuelas). Pero el asunto no es tan sencillo. Según el ‘Informe sobre los apartamentos y viviendas de uso turístico’ (diciembre de 2019) elaborado por la Empresa Municipal de la Vivienda esas cifras varían dependiendo de la fuente consultada.

Así, «la información publicada en prensa» es de 308 viviendas de uso turístico y apartamentos en Toledo pero «se están comercializando 452» (y 58 habitaciones fuera de regulación).

Por su parte, la oferta de la plataforma ‘Airbnb’ es de 510 alojamientos (88,6% viviendas completas) y 2.382 camas (frente a 4.354 plazas hoteleras) de las que solo el 30% están registradas legalmente.

Para poner orden la EMV hace varias recomendaciones al Ayuntamiento de Toledo, empezando por que incorpore regulación específica propia al POM (y a una ordenanza); que colabore con la Junta de Comunidades (Administración competente en la materia) en la inspección para evitar fraude; que negocie para que las plataformas como ‘Airbnb’ solo publiciten los alojamientos legales; y que promueva acciones para que las viviendas vacías se dediquen al alquiler de residencia habitual.

El informe incorpora otras «conclusiones» más teóricas, por ejemplo que el «crecimiento descontrolado» crea competencia desleal (con el sector regulado), produce complicaciones de convivencia vecinal, fomenta la intensificación de usos terciarios (comercio dedicado al turismo), conduce a la disminución del comercio de barrio y aboca a la reducción de la oferta para alquiler como vivienda habitual.

Otras conclusiones son que la aparición de comercializadoras de alojamientos (viviendas, habitaciones) por internet ha supuesto un aumento sin precedentes en el alquiler.

Que «el fenómeno» del alojamiento del turismo en vivienda residencial es internacional y se ha multiplicado en muy poco tiempo, o que en España la práctica se ha extendido desde la costa hacia el interior.

Que antes los apartamentos turísticos se asimilaban al hotel, dentro de edificios no residenciales donde se alquilaban estancias completas.

Que las leyes que regulan el alquiler habitual y el turístico son distintas y que cada Comunidad Autónoma legisla a su aire.

Decreto regional. En Castilla-La Mancha el ‘Decreto por el que se establece la ordenación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico’ es de 2018 y se justifica porque la Ley de Arrendamientos Urbanos  excluye expresamente esta actividad de su ámbito de aplicación.

La norma regional define las viviendas de uso turístico como «la cesión temporal del uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada  por canales de oferta turística con finalidad lucrativa».

A continuación  entiende por apartamentos turísticos los «inmuebles integrados por dos o más unidades de alojamiento, dotados de instalaciones, equipamiento y servicios en condiciones de ocupación inmediata, destinados al alojamiento turístico de modo habitual, mediante contraprestación económica».

Ninguno de los anteriores podrá utilizarse como residencia permanente ni con cualquier otra finalidad distinta del uso turístico.

Queda admitido (y no regulado) el alquiler por habitaciones en casas residenciales (pero prohibido en apartamentos y viviendas turísticas).

Para dar pie a que los ayuntamientos intervengan se indica que los apartamentos y las viviendas de uso turístico deberán cumplir la normativa vigente en materia de «ordenación urbanística».