Una sentencia, dos argumentos antagónicos

Jaime Galán
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La inconstitucionalidad del primer estado de alarma se somete a debate en la Facultad de San Pedro Mártir de la UCLM. Lo hace dentro de las Jornada de Justicia Constitucional que pretenden defender la legitimidad del Tribunal y despolitizarlo

De izquierda a derecha, Francisco Javier Díaz Revorio, José Alberto Sanz y María Elena Rebato en la inauguración. - Foto: David Pérez

Hasta en la propia mesa del Tribunal Constitucional generó debate. Hablamos de la sentencia que declaró inconstitucional el primer estado de alarma durante la pandemia del Covid-19 y que se decidió por un solo voto, seis en contra de su legalidad y cinco a favor de ella. Dos de los magistrados que participaron en dicha votación debatieron esta tarde en la primera ponencia de las 'XXI Jornadas de Justicia Constitucional' que se celebrarán hasta el jueves en la Facultad de San Pedro Mártir con más de 180 alumnos matriculados.

En esa primera ponencia participó Antonio Narváez, magistrado del Tribunal Constitucional y votante en contra de la legalidad de la declaración de estado de alarma; y Andrés Ollero, también magistrado del mismo órgano, cuyo voto se dirigió a favor de esta medida tomada por el Gobierno. El debate, por tanto, estaba servido. 

Narváez, como defensor de la sentencia que se hizo pública, explicó que la duda principal residía en si la limitación de derechos que incluía la alarma era «una restricción intensa o una suspensión de facto» de ellos. A su juicio, se trató de una suspensión, y por eso argumentó que tendría que haberse aplicado «un estado de excepción». Y es que la diferencia entre ambos es que el de alarma está preparado para catástrofes naturales o pandemias, mientras que el de excepción para alteraciones del orden público. Ahora bien, mencionando pandemia parece estar claro, pero Nárvaez irrumpió en que suspender los derechos de libertad de circulación corresponde a una alteración del orden público y, por tanto, al estado de excepción.

En el lado opuesto, Andrés Ollero, expuso que «toda actividad jurídica lleva consigo una dimensión interpretativa». Por ello, él insistió en que el debate no debía estar en lo cuantitativa de la limitación de derechos, si fue restricción o suspensión, sino si la medida fue o no desproporcionada. Con lo que él justificó su voto a favor de la legalidad del estado de alarma, en una interpretación de una situación pandémica en la que cada día fallecían cientos de personas.

Una de las voces autorizadas de la Facultad y colaborador de La Tribuna, Francisco Javier Díaz Revorio, explicó que la intención de estas jornadas es defender la legimitad del Tribunal ahora que se ha visto cuestionada por la renovación del Consejo General del Poder Judicial. Insistió en que hay que despolitizarlo, y un ejemplo de ello para Revorio es la opinión del magistrado Ollero, porque «durante años fue diputado del PP y en esta ocasión votó a favor del estado de alarma».