Puy du Fou; en los tribunales defensores y detractores

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El TSJda plazo a 'Nos gusta Puy du Fou' para que conteste a la demanda que pide el cierre del parque temático

Puy du Fou; en los tribunales defensores y detractores - Foto: VÁ­ctor Ballesteros

La Sala Primera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dado plazo a la plataforma ciudadana ‘Nos gusta Puy du Fou’ para que en calidad de codemandados contesten a la demanda interpuesta por ‘Queremos saber la verdad de Puy du Fou’ en la que se pide al alto tribunal de la región que  declare «la nulidad del proyecto, su cierre, derribo y la consiguiente restauración del daño causado en una zona de la máxima protección urbanística en razón de sus valores naturales, forestales, paisajísticos y arqueológicos». La Junta de Comunidades, como parte demandada, presentó hace un mes sus contraargumentos a los magistrados del Tribunal Superior

El texto de la demanda, que fue presentada el pasado dos de septiembre -tres días después de la inauguración de este parque temático de carácter historicista- no sólo argumenta las cuestiones ya reiteradas en relación a las supuestas ilegalidades urbanísticas y medioambientales del proyecto, sino que, además, sostiene que «la norma en la que se basó su aprobación como proyecto de singular interés es inconstitucional».

Esto es, según el colectivo denunciante, -integrado por la asociación de vecinos ‘El Tajo’, la a asociación de Vecinos ‘La Voz del Barrio’, Ecologistas en Acción de Toledo, Equo y el Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de Administración de Servicios de Castilla-La Mancha (STAS-CLM)-  el recurso ante el TSJ persigue la ilegalidad del Real Decreto Legislativo 1/2010 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la actividad Urbanística de Castilla-La Mancha en lo que se refiere a los proyectos de singular interés. «Así, si el recurso prospera, no sólo se declararía nulo el proyecto del parque temático, sino que la norma que los ampara también sería nula y se evitarían futuros proyectos urbanísticos como éste. Es decir, aquellos en los que una decisión política se impone a las normas básicas de ordenación urbanística y de protección medioambiental», explicaba la plataforma en su comunicado.

Puy du Fou; en los tribunales defensores y detractoresPuy du Fou; en los tribunales defensores y detractores - Foto: David PérezA la contestación que ha hecho el Gobierno regional como parte demandada a las pretensiones de la actora se sumarán en los próximos días los escritos de ‘Nos gusta puy du Fou’ o el Ayuntamiento de Toledo que figuran como codemandados. A partir de ahí, el alto tribunal podrá entrar en el fondo del asunto. Como se recordará el Tribunal Superior de Justicia no aceptó el pasado mes de mayo la medida cautelar solicitada por ‘Queremos saber la verdad de Puy du Fou’ para paralizar las obras de urbanización y construcción del espectáculo nocturno.

En esa ocasión, la Sala Primera de lo Contencioso Administrativo   argumentó  que para «suspender la ejecución de un acto administrativo, como fue la declaración del PSI o las resoluciones de la Viceconsejería de Medio Ambiente, hay que acreditar que la actuación de la administración, la Junta en este caso, no se ha ajustado al ordenamiento jurídico».

Además, los magistrados expusieron que la aplicación de la doctrina ‘periculum in mora’ (peligro en la mora) les lleva a rechazar la pretensión de paralización del proyecto. ¿Por qué? Porque la Sala del Tribuna Superior consideró que no la parte recurrente no acreditó que la «ejecutividad del acto administrativo impugnado hiciera perder al recurso su finalidad». El auto recuerda que la obra se acometerá por fases (cinco, en total) en un plazo de 10 años y en abril de esta año el parque solo se encontraba en la primera, que incluía las infraestructuras básicas y el estreno del espectáculo nocturno.

Además, el fallo incidía en el hecho de que el proyecto cuenta con un plan para devolver la zona a su estado original si se produjera un eventual desmantelamiento del parque temático.

Finalmente, el TSJ desestimó la medida cautelar porque en ningún caso se podría adoptar ésta «sin necesidad de prestar caución, puesto que una eventual estimación causaría un daño al interés general que sin garantía alguna sería muy difícil de reparar». ‘Queremos saber la verdad sobre Puy du Fou’ pidió al Tribunal Superior de Justicia que aceptara la medida cautelar sin necesidad de tener que prestar garantía o fianza.