Piden más de tres años cárcel por apropiarse de 17.000 euros

La tribuna
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El acusado, que se enfrenta a un delito de apropiación indebida, realizaba habitualmente gestiones para la familia demandante y se quedó con un dinero de unos impuestos de la compra de una vivienda

Piden más de tres años cárcel por apropiarse de 17.000 euros - Foto: VÁ­ctor Ballesteros

ep / toledo

La Audiencia Provincial de Toledo acogerá el próximo miércoles, 13 de febrero, el juicio contra un varón -J.A.C.C.- acusado de un delito de apropiación indebida por el que se enfrenta a tres años y seis meses de prisión por quedarse con casi 17.000 euros que le dio otra persona para el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por la compra de una vivienda.

En el escrito del fiscal se explica que el 27 de noviembre de 2014 el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, al ser el profesional que habitualmente realizaba diversas gestiones administrativas para la familia de la demandante, recibió el encargo por parte de E.B.G. de realizar diversas gestiones derivadas de un contrato de compraventa de inmueble, entre ellas la de inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad y el pago de los impuestos derivados de tal inscripción, en concreto del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

A tal fin, E.B.G. entregó un cheque a nombre de éste por valor de 16.900 euros el mismo día 27 de noviembre. Pero el procesado, lejos de destinar el dinero a las gestiones encargadas, con el propósito de obtener un enriquecimiento ilícito, incorporó a su patrimonio la cantidad entregada para otro fin, no ingresando por tanto cantidad alguna al pago de los impuestos.

A la perjudica, en el mes de julio de 2015, le llegó una propuesta de regularización de la situación tributaria de la transmisión de la vivienda por la que resultaba una Base Liquidable de 206.141,66 euros, resultando una Cuota Líquida de 16.491,33 euros, con un recargo de 585 euros y unos intereses de demora de 170,56 euros, siendo el total a ingresar 17.246,89 euros.

E.B.G. se puso en contacto con el acusado, que atribuyó todo a un inexistente error administrativo, asegurándole falsamente que había realizado el pago.

El acusado presentó el día 2 de noviembre de 2015 una solicitud de fraccionamiento del pago de la deuda tributaria afirmando en la misma que el motivo de la solicitud era el de no disponer de tesorería suficiente para afrontar el pago, cuando lo cierto es que había recibido de su mandante cheque nominativo por valor de 16.900 euros, casi el total de la deuda tributaria y superior en más de 400 euros a la cuota líquida que debía haber pagado, aparte el recargo y los intereses de demora derivados del no ingreso en su momento de la cantidad entregada para las gestiones tributarias encargadas.

El día 3 de noviembre de 2015 el acusado y la perjudicada firmaron escritura de reconocimiento de deuda ante notario por el que el acusado declaró falsamente haber cumplido escrupulosamente el mandato de su cliente, atribuyendo la deuda reclamada por la administración tributaria a una incidencia, pero se comprometía a asumir el pago de las cantidades reclamadas.

A pesar de lo manifestado por el acusado en la escritura, la perjudicada tuvo que satisfacer el importe íntegro de la deuda tributaria ante el incumplimiento del acusado a lo que se había obligado.

Como consecuencia de la actuación ilícita del acusado, E.B.G. ha tenido unos perjuicios económicos que ascienden a 17.246,89 euros, que es la cantidad total que ha tenido que satisfacer a la administración tributaria por el incumplimiento por parte del acusado a lo que se había obligado. De ahí que reclame por los perjuicios.

La Fiscalía considera que estos hechos son constitutivos de un delito de apropiación indebida y pide para J.A.C.C. tres años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, más nueve meses de multa con cuota diaria de 20 euros con responsabilidad personal para el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.

De igual modo, y en concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la perjudicada con 17.246,89 euros por los perjuicios causados.