18 propietarios de suelo urbanizable siguen peleando la nulidad de lasliquidaciones del IBI urbano que el Ayuntamiento de Toledo les ha girado entre los años 2009 y 2012. Piden que los recibos (ya pagados) sean declarados nulos de pleno derecho.
Uno de sus alegatos es la vulneración del principio de capacidad económica para la distribución equitativa de las cargas tributarias pero un reciente dictamen del Consejo Consultivo de la región asegura que es un error invocar esta vía.
El razonamiento choca frontalmente con sentencias del Tribunal Supremo donde se dice que «cuando resulta incorrecta la base imponible que se aplica se vulnera el principio de capacidad económica al gravarse una riqueza inexistente o ficticia, como puede ser que se haga tributar como urbano lo que es rústico».