Medina pide compaginar su sueldo municipal con otro privado

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La Comisión de Hacienda estudia hoy la petición de la concejala para compatibilizar su dedicación exclusiva con el desempeño remunerado como relaciones públicas de Sithons

Medina pide compaginar su sueldo municipal con otro priva - Foto: VÁ­ctor Ballesteros

Marta Medina, actual  responsable de Parques y Jardines y  del cementerio municipal, quiere compaginar una segunda actividad privada y remunerada que complemente su sueldo como concejala del Ayuntamiento de Toledo en régimen de dedicación exclusiva. El asunto será analizado hoy en la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Toledo antes de que el Pleno del Ayuntamiento de Toledo apruebe o rechace la compatibilidad solicitada para poder seguir ejerciendo como relaciones públicas de la discoteca ‘Sithons’ en Toledo.

La petición de compatibilidad llega avalada a la Comisión por un informe firmado por el secretario general del Pleno en el que se afirma que «no se halla inconveniente legal»para el reconocimiento de la compatibilidad para el ejercicio de las actividades privadas que solicita Marta Medina.

La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que los miembros de las corporaciones locales que perciban retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen en régimen de dedicación exclusiva no podrán recibir otras retribuciones con cargo a los presupuestos de cualquier otra administración pública. Sin embargo, no existe incompatibilidad con el desempeño de actividades remuneradas de carácter privado «siempre que se cumplan los requisitos contenidos en los artículos 11 al 15 de la Ley de Incompatibilidades y se autorice la compatibilidad por el Pleno del Ayuntamiento».

El Pleno municipal celebrado el pasado 25 de junio con carácter extraordinario aprobó la retribución anual de los concejales liberados. El sueldo quedó fijado en 46.953 euros al año. El Pleno aprobó la liberación de la alcaldesa -que cobrará una retribución anual de 63.913 euros al año-, 9 concejales del equipo de Gobierno y uno más por cada uno de los cinco grupos municipales incluido el PSOE. En total, además de la alcaldesa, podrán liberarse catorce concejales, diez de ellos de Gobierno, entre los que se encuentra Marta Medina.

La compatibilidad para el ejercicio de una actividad privada no se podrá conceder cuando su desempeño choque con «asuntos en los que se esté interviniendo, se haya intervenido en los últimos dos años o se tenga que intervenir por razón del puesto público».

En el escrito en el que solicita la compatibilidad, fechado el pasado 10 de septiembre, la concejala de Parques y Jardines y Cementerio municipal explica que su trabajo para la discoteca como relaciones públicas no guarda «relación directa» con la Concejalía de la que es titular, ni es susceptible de «impedir o menoscabar el estricto cumplimiento» de los deberes inherentes a su cargo. Asimismo, subraya, tampoco «compromete mi imparcialidad o independencia» y se desarrolla «en un horario distinto» al de sus responsabilidades municipales.

Tampoco la administración local puede conceder la compatibilidad cuando «el puesto de trabajo requiera la presencia efectiva del concejal liberado durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las administraciones públicas».

En este sentido, Marta Medina explica textualmente en su solicitud que la actividad privada que pretende ejercer previa autorización de la compatibilidad «no requerirá en ningún caso mi presencia efectiva en mi puesto de trabajo como relaciones públicas por un tiempo superior a las 17 horas semanales ni, en definitiva, por un tiempo efectivo de trabajo igual o superior a la mitad de la jornada ordinaria de las administraciones públicas». «En todo caso -añade- será una actividad de ocupación marginal con respecto a mi puesto en el Ayuntamiento de Toledo, que siempre tendrá carácter preferente».

A mayor abundamiento, el propio secretario general del Pleno en su informe favorable a la compatibilidad recuerda como jurisprudencia una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias en la que la Sala concluye que es compatible ser concejal con dedicación exclusiva y ejercer una actividad profesional estableciendo como «única reserva que el interesado no merme o reste su dedicación al cargo público que desempeña».