Pagar en tiempos de crisis

Carlos Cuesta (SPC)
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Para las empresas es tan importante vender como cobrar en tiempo y forma, de ahí el uso de los productos financieros más idóneos que les garanticen la liquidez que han contratado

Pagar en tiempos de crisis

Una de las medidas aprobadas por el Gobierno en 2020, y que ha pasado más desapercibida para la mayor parte de la opinión pública, ha sido la limitación de 2.500 a 1.000 euros la cantidad de dinero en efectivo que se puede usar para pagar facturas entre profesionales y que no afecta, por el momento, a los medios de pago entre particulares.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguró que esta nueva normativa tiene como objetivo «ir disminuyendo los pagos que se hacen en España en efectivo» para evitar fraudes a las arcas públicas y, sobre todo, las elevadas tasas de economía sumergida existentes, que se elevan casi al 25% del Producto Interior Bruto (PIB).

La crisis económica, provocada, en parte, por la pandemia y, también, por una desaceleración que se venía registrando en el tejido productivo nacional ya en 2019, ha hecho que las empresas, y también los particulares, tengan mayores dificultades para afrontar los pagos comprometidos y se haya incrementado una falta de confianza que exige asegurar el cobro de un servicio o la venta de un producto con las máximas garantías para evitar la morosidad.

El Tribunal Supremo dictó una sentencia que establecía el pago entre empresas en 60 días, acogiéndose al artículo 6.3 del Código Civil que, sin embargo, muy pocas corporaciones lo cumplen e, incluso, sellan por contrato de 90 hasta 180 días desde que se emite la factura, a pesar de que la ley señala que «todo documento o cláusula pactada entre las partes con un plazo superior a dos meses, son nulos de pleno derecho», lo que también incluye a las Administraciones Públicas que, a menudo, figuran como las más incumplidoras de esta norma.

Ante este escenario, los responsables financieros de las empresas recurren habitualmente a medios de pago que les garanticen en tiempo y forma cobrar un servicio mediante el uso de efectivo, domiciliación bancaria, facturas, letras de cambio, cheques confirming, pagaret, transferencias y letras.

En esta línea, la tecnología y la digitalización han mejorado las fórmulas tradicionales y, en la actualiad, las transaciones tanto nacionales como internacionales se realizan con mayor rapidez y facilidad, sin necesidad de acudir a las oficinas bancarias y mediante el uso del teléfono móvil u otros mecanismos.

Así, existen también plataformas de pago virtual como Bizum, Google Wallet, PayPal o, por ejemplo, Apple Pay, que han incrementado exponencialmente las posibilidades de pago, reduciendo comisiones bancarias, abriendo el mercado en el que las sociedades mercantiles reciben sus ingresos y mejoran su volumen de negocio.

Los contratos que llevan a acabo las empresas con sus clientes acerca de la forma de pago, supone una característica esencial a la hora de concretar un trabajo determinado y una exigencia que, incluso, puede rebajar o incrementar el precio e, incluso, asegurar o perder una venta.

El denominado pronto pago siempre resulta más atractivo que una negociación a largo plazo, incluso con retenciones a cuenta, y tiene ventajas en el precio final puesto que, además, evita costes e intereses añadidos de financiación. De ahí, la importancia que tienen las cláusulas que determinan las vías de financiación de circulante que se van a utilizar en cualquier tipo de negociación entre empresas.

Cada modalidad acordada presenta sus propias características, con sus ventajas y desventajas, y es habitual que se produzca una negociación constante entre los distintos departamentos financieros para pactar y concretar los pagos, especialmente, en grandes pedidos que conllevan una mayor complicación por la cuantía que se maneja y que puede depender de más factores como la negociación de líneas de créditos  y préstamos con entidades financieras. 

Normativa europea

En otro contexto, y centrado más en las modalidades de comercio electrónico a través de compras por internet, cabe señalar que en el ámbito europeo y para reforzar el sistema de pagos, el pasado 1 de enero entró en vigor la nueva directiva PSD2, que dificulta la posibilidad de hacer pagos con una tarjeta de internet extraviada o robada, lo que obliga a las webs de comercio electrónico y a los servicios de banca digital a un sistema de doble autentificación antes de realizar cualquier operación.

Así, además del usuario y la contraseña, la entidad solicitará un elemento extra para confirmar la veracidad de la identidad de quien efectúa la compra, mediante un código de verificación enviado por SMS al móvil del titular de la tarjeta a la que se carga el pedido.

En definitiva, la evolución en las formas de pago entre empresas ha registrado un cambio sin precedentes en los últimos tiempos que han modificado la forma de hacer negocios, los ajustes de los márgenes de beneficios y, especialmente, ampliando las fórmulas financieras.