Las 359 órdenes de protección adoptadas

M.G.
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El boletín anual refleja la petición de 548 órdenes de protección a los juzgados toledanos en 2019, quince menos que en 2018. Los jueces acordaron 359 y rechazaron 199 de las solicitadas

Reacción social contra la desigualdad y la violencia - Foto: David Pérez

Las órdenes de protección se convierten en medidas esenciales en los casos relacionados con la violencia de género a pesar de que los agresores puedan vulnerarlas, como así ocurre y queda constancia en los juzgados. En los juzgados de la provincia de Toledo se solicitaron 548 órdenes a lo largo de 2019, quince menos que el año anterior, es decir, una y media al día si los juzgados permanecieran abiertos los siete días de la semana.

Si se comparan estos datos con los que evalúa el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género podríamos concluir que las órdenes de protección en Toledo no siguen la tendencia del ámbito nacional, que reflejó una subida del 3,94% respecto a 2018, pero sí mantiene que la mayoría de las adoptadas guardan relación con el alejamiento y con la prohibición de comunicación con la víctima por un tiempo determinado.

La estadística demuestra una vez más que los jueces no acuerdan estas medidas en todos los casos porque suele darse un amplio margen de rechazo en las peticiones. Sin ir más lejos, en los juzgados de la provincia de Toledo se acordaron 359 órdenes de protección, 17 mas que en 2018, y se denegaron 177 peticiones porque no cumplían con los requisitos o los jueces no lo consideraron necesario en esos momentos.

La orden de protección no garantiza que los enjuiciados por malos tratos no puedan saltarse las medidas y de hecho una de las principales problemáticas guarda relación con el quebrantamiento de las condenas y de las medidas acordadas. La proporción en Toledo es pequeña, 162 quebrantamientos de medidas y 55 de penas impuestas, pero el problema cobra una importante dimensión  y provoca una sensación de inseguridad que no ayuda a que  la víctima se acerque a los juzgados y se anime a denunciar su situación porque no se siente protegida ni durante el proceso ni después de la correspondiente sentencia judicial.

Las dispensas. Los operadores jurídicos también llevan años alertando sobre otra problemática que tampoco se visibiliza demasiado, la renuncia a declarar por parte de las víctimas, lo que obliga en la mayoría de los casos a la finalización del procedimiento porque sus testimonios son fundamentales en este tipo de casos a pesar de que puedan incluirse parte de lesiones.

El Observatorio contabilizó un total de 50 dispensas de la obligación de declarar el año pasado en la provincia de Toledo. Quizá la cifra no sea muy significativa en solitario, pero resalta bastante si se compara con la del año anterior, puesto que se produjeron 96  renuncias más. Quizá el esfuerzo de las campañas informativas, la puesta en marcha de medidas administrativas y el asesoramiento a las víctimas está comenzando a dar buenos resultados.