Piden el indulto para el condenado por un doble asesinato

M.D.M.
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la región analizó el recurso de la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real por los hechos de febrero de 2017

Un instante de la vista que se siguió ayer en el Tribunal Superior de Justicia de la región. - Foto: José Miguel Esparcia

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) acogió ayer la vista por el recurso presentado a la sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que condenó a Manuel Yébenes a 40 años de cárcel por el doble asesinato de Ana Belén Ledesma -con quien estaba casado- y la hija de ésta, Ana María Pérez, que tenía 18 años cuando ocurrieron los hechos, el 13 de febrero de 2017.

Yébenes fue declarado culpable de un doble asesinato por un jurado popular y el magistrado le impuso la pena de 40 años de cárcel, 20 por cada uno de los dos delitos que cometió en el domicilio donde residían los tres, en Daimiel (Ciudad Real).

Se da la circunstancia de que la madre, que tenía 46 años, y la hija asesinadas eran naturales de la localidad albacetense de Bienservida, donde los hechos causaron también una gran conmoción.

Ayer, en la vista que se prolongó durante más de dos horas, la abogada de la defensa consideró que la condena era «desproporcionada», que debían tenerse en cuenta eximentes como el hecho de que su cliente tenía mermada su capacidad cognitiva y estaba en tratamiento psiquiátrico y en su recurso llegó a pedir el indulto para él.

Consideró que era «una extraordinaria persona que cometió un error» pero defendió que «no estamos ante un caso típico de violencia de género» ni «ante un maltratador». Además, entendió que no hubo ensañamiento en los crímenes y que las víctimas habían tenido posibilidad de defenderse como lo mostraban las heridas que se habían hecho en las manos.

Expuso que al quedarse sólo, en proceso de separación y sin dinero, el condenado entró en unas circunstancias que conllevaron el fatídico desenlace, pero entendió que su situación merecía el indulto. Eso sí, en el recurso, en caso de que no se conceda el indulto, pidió una rebaja considerable de los años de condena en prisión.

Reclamó que sea considerado como un doble homicidio y no asesinato, y que se imponga la pena menor, de dos años y medio de cárcel por cada delito y, en su defecto, de cinco años por cada delito. Y si la Sala consideraba que sí era asesinato, pidió que se rebaje la pena hasta un máximo de 7 años y seis meses de cárcel por cada uno de los delitos que cometió, al entender, entre otros aspectos, que había colaborado «en todo momento» con las Fueras de Seguridad y que había confesado los hechos.

acusación. Por su parte, el abogado de la familia de las víctimas, Mariano López Ruiz, consideró que las fallecidas no tuvieron opción de defensa y que las heridas que pudieron hacerse fueron un gesto «autodefensivo».

Algo que consideró lógico en alguien que, como en el caso de la hija, recibió 15 puñaladas, y en el de la madre nueve. Valoró, además, que el condenado acudía a recibir asistencia psicológica como consecuencia de un infarto de miocardio que sufrió pero no por nada que tuviera que ver con el desarrollo de los trágicos hechos.

Además, López Ruiz consideró que los agentes que acudieron al domicilio, avisados por los vecinos, lo encontraron «ensangrentado y con el cuchillo en la mano», por lo que entendió que tampoco podía considerarse que hubiera confesado los hechos.

El fiscal también consideró que el escenario de los hechos probaba que sí hubo alevosía.