Francisco Javier Díaz Revorio

El Miradero

Francisco Javier Díaz Revorio


Inteligencia artificial y función judicial

15/07/2022

En los últimos tiempos se viene abriendo camino la idea de que, entre tantas otras funciones, los mecanismos de inteligencia artificial estarían pronto habilitados para sustituir a los jueces humanos, ofreciendo a los conflictos jurídicos una respuesta siempre objetiva y automática. Como mínimo, estos mecanismos simplificarían la labor del juez ofreciendo parámetros tendentes a garantizar la corrección de sus decisiones. Por supuesto, una primera impresión podría llevarnos a pensar que esta opción tendría enormes ventajas. Si pudiéramos asegurar que una máquina puede ofrecer la solución correcta, estaríamos de momento conjurando los perniciosos efectos de los siempre indeseables (y a veces demasiado frecuentes) errores humanos. Eso sin contar con la gran ventaja que supone la eliminación de sesgos subjetivos, marcados por las preferencias del juez, o por sus peculiares convicciones ideológicas, políticas, morales o religiosas, que no tienen que imponerse nunca a la aplicación estricta del derecho. Estos sesgos pueden ser inconscientes, pero tampoco cabe descartar que en algún caso se utilicen de manera intencionada o perversa orientando la decisión judicial a fines políticos o de otro tipo, por encima de la aplicación del derecho. Por lo demás, el ejercicio de la función jurisdiccional se agilizaría enormemente, resultando innecesario el sistema de recursos, que tiene como presupuesto la posibilidad de que se adopten soluciones erróneas. Se alcanzaría así la posibilidad de hacer real ese viejo aforismo de 'da mihi factum, dabo tibi ius', pero de una manera automática y además totalmente segura.
Sin embargo… no creo que mejorásemos en nada. Aun admitiendo que cada vez es más difícil identificar el elemento inequívocamente humano que nos distingue de las máquinas dotadas de inteligencia artificial -o de otros seres autónomos-… creo que ese elemento específicamente humano existe y nunca debe desaparecer. Desde el punto de vista de los fundamentos, ese elemento está en la dignidad, valor sin duda ambiguo y de difusas fronteras, pero esencial. Y desde la perspectiva de la adopción de la «decisión correcta», más allá de señalar que es este un concepto cuestionable cuya propia definición será habitualmente una labor humana, creo que hay dos factores que impiden esa sustitución del ser humano por la máquina. Uno es un elemento moral, consustancial de algún modo al derecho. Otro, esa capacidad humana para distinguir las circunstancias de cada caso más allá de factores reglados, aunque sí mediante factores susceptibles de motivación. Podemos hablar de equidad o, en términos más amplios, de empatía, pero -sin negar sus riesgos- es una cualidad específicamente humana.