Francisco Javier Díaz Revorio

El Miradero

Francisco Javier Díaz Revorio


¿Derecho a morir? (y II)

11/12/2020

El problema es que solo caben dos alternativas, y ninguna me parece satisfactoria: 1) podríamos entender que es un concepto que se puede objetivar, de tal manera que alguien (por ejemplo un médico, teniendo en cuenta que se requiere una enfermedad) puede establecer si un sufrimiento reúne esas características. Esta es la posición que parece derivar de la proposición. Pero creo que ese entendimiento sería contrario a la idea de dignidad como valor intrínseco y común por igual a todo ser humano. Y ello porque solo aquellas vidas de personas enfermas que sufren de forma intolerable quedan desprotegidas frente a la voluntad de su titular, deber de protección que en cualquier otro caso seguiría existiendo. Así que unas vidas serían más dignas que otras. Pero también 2) podríamos interpretar que ese tipo de sufrimiento -mucho más al incluir el sufrimiento psíquico- es un concepto por esencia subjetivo, pues lo que para alguien es intolerable, otro lo puede tolerar. Y esto sería coherente con una idea liberal que yo podría suscribir, pero no si se convierte la decisión en un derecho. Porque un derecho implica no solo garantía, sino también prestaciones positivas, y por tanto el Estado estaría obligado a hacerlo efectivo,  siempre que el sujeto muestre su voluntad de ejercerlo. Si se me permite llevar la idea al extremo, podríamos terminar por justificar que ante alguien que pretende suicidarse arrojándose desde un puente o de lo alto de un edificio, la policía o los bomberos no estarían legitimados para tratar de impedirlo, sino que, al contrario, deberían facilitarle las cosas para que ‘haga efectivo’ su derecho fundamental (al menos si ha demostrado la contundencia en su propósito…). Y es que la consideración de la muerte como derecho no solo es cuestionable desde el punto de vista de su compatibilidad con nuestro sistema de valores, sino que plantea retos complejos difíciles de resolver.