Francisco Javier Díaz Revorio

El Miradero

Francisco Javier Díaz Revorio


Otra vez el circo del acatamiento

06/12/2019

Hace pocos meses que he escrito de este tema, y me gustaría no repetirme, sino más bien incidir algo más en un par de ideas. La primera: no creo que resulte razonable ninguna aplicación de la norma que conduzca a resultados absurdos o directamente disparatados, y además abiertamente contradictorios con su mismo sentido. La formalización del acatamiento a la Constitución solo tiene sentido como acto solemne e igual para todos. Ya que tanto las presidencias del Congreso y el Senado, como hace unos meses la Junta Electoral Central (aunque con dos votos particulares) invocan la jurisprudencia constitucional para admitir todo este repertorio de añadidos, convendría releer despacio esta jurisprudencia, y de paso contextualizarla. Una de mis primeras publicaciones la analizaba con detalle, así que ahora solo quisiera apuntar lo siguiente: a) el TC recuerda que los diputados en su conjunto representan al pueblo español en su conjunto, y no solo a quienes les han votado; y b) pensando en el caso concreto de unos (muy pocos) diputados que añadieron a la fórmula del acatamiento el escueto comentario «por imperativo legal», se admitió específicamente esta coletilla, aunque proclamándose de forma general que la fórmula no podría acompañarse de «cláusulas o expresiones que de una u otra forma, varíen, limiten o condicionen su sentido propio».
Segunda idea: las instituciones responsables de la aceptación del acatamiento pueden y deben, en mi modesta opinión, hacer algo. En primer lugar, y como apuntan los citados votos particulares al Acuerdo de la JEC 527/2019, algunas proclamaciones suponen un condicionamiento o limitación del sentido del acatamiento. Es verdad que todo se puede modificar en la carta magna, pero solo por las vías que explícitamente prevé esta. Y negar los principios medulares del Estado de Derecho (lo que sucede cuando se invocan por ejemplo motivaciones como los supuestos ‘presos políticos’ o ‘exiliados’) es negar las reglas del juego que la propia Constitución impone a todos. Sería muy interesante saber qué opina el TC sobre ello hoy, pero no a través del eventual pie forzado que daría un recurso planteado por otros grupos o diputados no afectados. Creo que una aplicación de las exigencias del acatamiento en la línea que sugiero sería compatible con la jurisprudencia constitucional. Y también una modificación reglamentaria que evitase este esperpento, por ejemplo, imponiendo una única fórmula en la expresión oral en el acto formal de acatamiento, si bien pudiendo añadir, por escrito o en otro foro o momento, explicaciones no condicionantes ni limitantes. Hay mucho terreno por explorar antes de repetir este ridículo mundial, y un poco de sentido común ayudaría…