La CHT multa a Toledo por vertidos al Tajo desde Estiviel

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El TSJ de Madrid desestima el recurso municipal y confirma la sanción de 8.666 euros por contaminación con nitrógeno «que afecta especialmente a la calidad de la flora y la fauna»

La CHT multa a Toledo por vertidos al Tajo desde Estiviel - Foto: David Pérez

Los tribunales han vuelto a confirmar una multa impuesta al Ayuntamiento de Toledo por vertidos contaminantes al Tajo, también ratifican que tiene que indemnizar por los daños causados al dominio público hidráulico y, además, le condenan al pago de las costas procesales. La novedad, preocupante, es que esta vez el vertido se produjo desde de la moderna y cara estación depuradora de Estiviel.

En su demanda, el Ayuntamiento (que pedía  la suspensión de la ejecución de la sanción impuesta) no niega el vertido, ni pone en cuestión las conclusiones de los funcionarios de la Confederación Hidrográfica del Tajo (sobre la presencia de nitrógeno en el agua) ni la cuantificación del daño.

Por el contrario, discute ‘el factor t’ (tiempo) limitándose a manifestar que «la CHT no ha calculado correctamente» y alega, «sin razonarse en la demanda y sin mayor explicación», que la duración del vertido fue de «12 horas en lugar de 24, que llevan obviamente a la reducción de los daños computados».

Sin embargo los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid  discrepan y afirman que «el vertido procede indubitadamente de un núcleo de población; en segundo lugar, hay datos que permiten presumir el caudal de vertido estable durante las 24 horas y, por último, la concentración de nitrógeno en el agua vertida era la misma a las 12:00 y a las 23:00 horas, implicando que en esas 23 horas la naturaleza perjudicial del vertido se mantuvo no solo cualitativamente -por tratarse de nitrógeno-, sino cronológicamente».

A continuación, la Sala de lo Contencioso-Administrativo descarta que haya desproporción entre los daños al dominio público y el importe de la sanción (de 6.666,70 euros cuando el máximo entre las infracciones leves puede llegar hasta 10.000) en la medida que el nitrógeno es «un nutriente que afecta especialmente a la calidad de la flora y la fauna» y lo que se valora es «la correlación entre conducta, responsabilidad, concurrencia de circunstancias agravantes o atenuantes e importe de la sanción»

El definitiva, el TSJ desestima el recurso del Ayuntamiento de Toledo contra Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo, ratifica la sanción de 6.666,70 euros así como la obligación de indemnizar al dominio público hidráulico en la cantidad de 2.000,01 euros y cierra la sentencia con la imposición de costas hasta el límite de 1.000 euros.