Ugena vuelve a Fase I y se une a Seseña, Illescas y Yuncos

Redacción
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Las medidas contemplan el cierre de bares y restaurantes que no tengan terraza, supresión de mercadillos, cierre de hogares de jubilados, parques y jardines y piscinas

Ugena vuelve a Fase I y se une a Seseña, Illescas y Yuncos

La Consejería de Sanidad ha decretado medidas especiales, de nivel 3, en la localidad de Ugena, por la incidencia de la COVID-19, y ha prorrogado las que ya estaba aplicando en los municipios de Illescas, Seseña y Yuncos, los cuatro en la comarca toledana de la Sagra, limítrofe con la Comunidad de Madrid. Ugena presenta una incidencia acumulada de 572,90 casos por cada 100.000 habitantes, Illescas de 667,95; Seseña de 259,33 y Yuncos de 1.096,06

Estas medidas especiales se aplicarán durante 14 días en estos cuatro municipio toledanos, que serán prorrogables otros 14 días con arreglo a la evolución de la pandemia.

Las medidas especiales de nivel 3 que se van a aplicar en estas localidades contemplan el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales y la supresión del servicio en interior de locales cerrados de establecimientos de hostelería y restauración.

A su vez, las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente y deberán de mantener en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

En cuanto a los centros sociosanitarios, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los centros de día y a la supresión de visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables, en los cuales la entrada de personas ajenas se limitará a lo estrictamente necesario.

Tampoco se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta.

Y al reingreso, deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días, aunque los residentes con test rápidos (IgG) positivos previos, o que hayan superado la COVID-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no tendrán que someterse a este aislamiento preventivo.

Además, a los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal, al tiempo que se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

También se procede a suspender las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas y a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas).

Se suspenden, igualmente, eventos deportivos y culturales promovidos por estos ayuntamientos, por asociaciones, peñas o por particulares, y se determina el cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, bibliotecas y museos.

Por su parte, los hoteles solo podrán contratar el 75% de su capacidad, mientras que el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.

Igualmente, se procede al cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad y se determina la supresión de espectáculos taurinos.

Se procede además a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre, con la excepción de aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.

También se decreta el cierre cautelar de parques y jardines.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento, en tanto que los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Y también se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.