Fernando Díez Moreno

Política y Humanismo

Fernando Díez Moreno


Los derechos humanos

04/07/2022

La formulación moderna de los derechos humanos da un gran paso con las revoluciones americana y francesa del siglo XVIII. La primera, conocida como la Declaración de Virginia, fue escrita por George Mason y proclamada el 12 de junio de 1776. En gran medida influyó en Thomas Jefferson para la fijación de derechos humanos que se contiene en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, de 4 de julio de 1776. Ambos textos influyen en la francesa Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.
Estas declaraciones americana y francesa se fundamentaron en un iusnaturalismo racionalista, y suponían la conversión del derecho subjetivo en centro del orden jurídico. Fruto de este influjo iusnaturalista, los derechos reconocidos van a traspasar las fronteras nacionales y a considerarse como «derechos de los hombres». Tanto los revolucionarios franceses como los americanos  consideraban que estos derechos eran inalienables e inherentes a la naturaleza humana, incluso verdades «evidentes», pese a lo cual decidieron recogerlos en declaraciones públicas, lo que se justifica por motivos jurídicos y políticos.
En el siglo XX los derechos humanos se incorporan al Derecho internacional. Y tras la Segunda Guerra Mundial se consideran como un principio constitucional del Derecho internacional contemporáneo.
Es, especialmente, desde el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas, (ONU) en 1945, cuando el concepto de derechos humanos se ha universalizado y alcanzado la gran importancia que tiene en la cultura jurídica internacional. El 10 de diciembre de 1948 la 'Declaración Universal de los Derechos Humanos' fue adoptada y proclamada por la Asamblea General en su Resolución 217 A (III), como respuesta a los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional.
Posteriormente se han aprobado numerosos tratados internacionales sobre la materia, entre los que destacan la 'Convención Europea de Derechos Humanos' de 1950; los 'Pactos Internacionales de Derechos Humanos' de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), y la 'Convención Americana sobre Derechos Humanos' de 1969. A estos suelen llamarles 'derechos de segunda generación'.
La Unión Europea aprobó el 7 de diciembre del 2000 una 'Carta de Derechos Fundamentales', que fue incorporada al Tratado de Lisboa de 2007 con el mismo valor jurídico que los Tratados; y se adhiere al Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.
¿Cuáles son los derechos reconocidos en aquella Carta? Los podemos clasificar en los siguientes grandes grupos: 1) dignidad (dignidad humana, derecho a la vida, derecho a la integridad física, prohibición de torturas, prohibición de la esclavitud, trabajo forzoso o trata de blancas); 2) libertades (libertad y seguridad, vida privada y familiar, protección de datos, al matrimonio y a fundar una familia, pensamiento y religión, expresión e información, reunión y asociación, artes y ciencias, educación, a la profesión y al trabajo, de empresa, de propiedad, asilo, prohibición de expulsiones); 3) igualdad (ante la ley, no discriminación, diversidad cultural y religiosa, entre hombres y mujeres, derechos del niño, de las personas mayores, de los discapacitados); 4) de carácter económico y social (de los trabajadores, a la negociación colectiva, acceso a servicios de colocación, protección frente al despido injustificado, condiciones de trabajo justa, prohibición del trabajo infantil, vida familiar y profesional, seguridad social, salud, servicios sociales, medio ambiente, protección de los consumidores); 5)  de carácter político (la ciudadanía europea), y 6) de carácter procesal (tutela judicial, presunción de inocencia, a la defensa, principios de legalidad y proporcionalidad, y derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo delito).
En total son cincuenta y cinco los derechos fundamentales o humanos que reconoce el Tratado de la Unión Europea. Pero no te preocupes, amable lector, ¡no se menciona ninguna obligación! Así le va a Europa.