Multa a Schreiber Foods por prácticas anticompetitivas

Lola Morán Fdez.
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La Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ve acreditado el intercambio de información con otras lácteas sobre ganaderos

Multa a Schreiber Foods por prácticas anticompetitivas

La Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con casi un millón de euros a Schreiber Foods España S.L. (antes Senoble Ibérica S.L.), con fábricas para la elaboración de productos lácteos en Talavera y Noblejas, por la existencia de posibles comportamientos anticompetitivos en el mercado de leche cruda. En concreto, la Sala considera acreditada la participación de Schreiber Foods España S.L. en el intercambio de información entre las industrias lácteas sobre ganaderos en el año 2013.

Esta resolución, a la que ha tenido acceso La Tribuna, pone fin al expediente incoado por la Dirección de Investigación de la CNC contra varias empresas por supuesta infracción del artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). 

Este expediente se refiere a una serie de prácticas realizadas durante la vigencia de la Ley 16/1989 y de la LDC (Ley de Defensa de la Competencia? y se produce a raíz de un informe sobre el Sector de Leche Cruda en Castilla y León remitido con fecha 8 de marzo de 2011a la antigua Dirección de Investigación de la CNC por el Servicio para la Defensa de la Competencia de Castilla y León. En el citado informe se pone de manifiesto la posible existencia de diversas conductas llevadas a cabo en el mercado de leche cruda susceptibles de constituir una infracción de la LDC, en particular relativas a la recogida de leche cruda de vaca y a la determinación de su precio.

Con posterioridad, el 16 de septiembre de 2011, tuvo entrada en la DI una denuncia formulada por la Unions Agrarias - UPA contra las empresas transformadoras de leche en Galicia y empresas distribuidoras de leche, haciendo particular mención a la dificultad de encontrar empresas alternativas a las que entregar la leche.

A raíz de todo ello, la Dirección de Investigación inició una información reservada con el fin de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación del expediente sancionador.

El inicio del procedimiento fue el 23 de julio de 2012, si bien el 5 de marzo de 2014 se acordó ampliar la incoación del expediente sancionador a nuevas empresas. Entre ellas figura Senoble Ibérica, filial del grupo francés Senoble, cuya implantación en España se produjo en 2002. En el año 2015 fue adquirida por la empresa Schreiber Europe S.L. y Senoble pasó a denominarse Schreiber Foods España S.L. Una de sus plantas está en Talavera y otra más en el municipio de Noblejas.

información estratégica. La Sala considera acreditada la existencia de intercambio de información «estratégica» sobre precios de compra, fuentes de aprovisionamiento como son los ganaderos (incluye identidad de los ganaderos y volúmenes de compra de leche a los mismos) y excedentes de leche.

En el caso de Senoble, figura en este expediente en el apartado relacionado con los intercambios de información sobre ganaderos, y en particular sobre datos relativos la identidad de los mismos, volúmenes adquiridos o estrategias para con ellos. Así, en este apartado concreto figura que en el año 2013 se ha acreditado la existencia de una oferta realizada por Senoble a SAT San Antón para que el ganadero suministrara primero a Celega por unos meses a un determinado precio, y con posterioridad, los meses siguientes, a Senoble.

En la resolución se determina que si bien la elección de unos ganaderos u otros por motivos de eficiencia económica tiene una justificación razonable en sí misma, no ocurre lo mismo con el mecanismo adoptado por la industria para ello: el intercambio de ganaderos sin mediar la voluntad y libertad de elección de éstos. Para la Sala, el intercambio de información sobre ganaderos «no tiene más lógica económica que la de tener controlada la cesión de ganaderos entre empresas para asegurarse no tener que negociar precios con ellos».

Por todo, la Sala resuelve declarar responsable de dicha infracción a Schreiber Foods España, S.L. y le impone una multa de 929.644 euros. Contra esta resolución no cabe recurso alguno vía administrativa, si bien puede interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional.

Junto a Schreiber Foods España, S.L. la resolución considera responsables de estas infracciones e impone las sanciones correspondientes a Calidad Pascual S.A. (antes Grupo Leche Pascual, S.A.); Central Lechera de Galicia (Celega, S.L.); Corporación Alimentaria Peñasanta, S.A.; Danone, S.A.; Grupo Lactalis Iberia S.A.; Nestlé España, S.A.; Industrias Lácteas de Granada, S.L.U. (antes Puleva Food S.L.); Asociación de Empresas Lácteas de Galicia; y Gremio de Industrias Lácteas de Cataluña.