«Estrasburgo recibe 60.000 demandas al año y resuelve 1.500 en un ejercicio»

M.G./Toledo
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El magistrado español de este órgano, Luis López Guerra, explica el funcionamiento del Tribunal de Derechos Humanos, que abarca 47 países y ofrece cobertura a 800 millones de personas

«Estrasburgo recibe 60.000 demandas al año y resuelve 1.500 en un ejercicio» - Foto: David Pérez

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo no podía faltar en el posgrado de Derecho Constitucional que está celebrando la Universidad de Castilla-La Mancha, con un amplio plantel de expertos juristas. Y el conferenciante de ayer era una de esas ‘estrellas’ del cartel que los alumnos esperaban con cierta impaciencia. El juez español del Tribunal de Estrasburgo y catedrático de Derecho Constitucional, Luis López Guerra, explicó el funcionamiento de este órgano y los cambios que se han ido sucediendo desde que se creó, en 1959, en relación a la fase de ejecución.

Los datos protagonizaron la primera parte de la ponencia. López Guerra apuntó que el Tribunal de Estrasburgo actúa a instancias de los 47 países que en su momento rubricaron el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades, y está compuesto por 47 jueces. Ysuma y sigue porque «800 millones de personas están bajo esta jurisdicción»y pueden acudir directamente si consideran que sus estados están violando los derechos fundamentales.

Pero quizá lo que más llama la atención es el colapso de este tribunal, «que recibe 60.000 demandas al año» cuando el ritmo de resoluciones es más o menos de «1.500 en cada ejercicio». Si bien, López Guerra ya comentó el año pasado también en otra conferencia que ofreció en Toledo que se han puesto en marcha medidas para agilizar el funcionamiento y ahora las demandas de inadmisibilidad las hace un juez en lugar de un comité y una buena parte de los asuntos los resuelve un trío de jueces en lugar de siete.

El ponente, que lleva casi seis años en Estrasburgo tras su etapa como secretario de Estado de Justicia entre 2004 al 2007, subrayó también que el tribunal ha ido cobrando peso con el paso del tiempo y ha pasado de «resoluciones declarativas» consecuencia de la escasa regulación, que dejaban la ejecución de las sentencias en manos «de los mecanismos internos» de los estados miembro, a que el Comité de Ministros supervise la ejecución de los estados condenados.

Además, López Guerra añadió que en el año 2010 se produjo una reforma «que permite preguntar al tribunal si se está ejecutando bien o no la sentencia o presentar una queja». Por tanto, «se puede hablar de una solución proactiva porque interviene más directamente en la ejecución». A continuación, explicó también que lo dictado por este Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene tanto consecuencias negativas para el estado condenado, «ya que debe poner fin a esta vulneración», como positivas porque, entre otras cosas, «se señala la reparación del daño causado y se obliga a esos estados a volver la situación a la posición que tenía antes de la violación de derechos».

casos. La condena a España por la ‘doctrina Parot’ es uno de los asuntos recientes más conocidos. Si bien, el alumnado de este posgrado de Derecho Constitucional,  juristas procedentes de Iberoamérica, tuvieron la oportunidad ayer de preguntarle a López Guerra sus dudas acerca del funcionamiento del Tribunal de Estrasburgo, dado que la Corte Interamericana de Derechos Humanos mantiene mecanismos distintos y, entre otras cosas, no es de acceso directo para los ciudadanos que se consideran afectados.