Fomento abre el plazo de ayudas para rehabilitación y mejora de viviendas

Susana Jiménez / Toledo
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La convocatoria contempla ayudas por 3 millones de euros, de los cuales el 50% se destinará al programa de rehabilitación de viviendas, y la otra mitad a sustitución de ventanas y calderas

Las ayudas no podrán superar los 1.000 euros por vivienda para obras de conservación ni los 1.500 para accesibilidad. - Foto: Yolanda Lancha

ste sábado, 7 de junio, entraba en vigor la convocatoria  de ayudas a la rehabilitación de viviendas, sustitución de ventanas y calderas individuales puesta en marcha por el Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Fomento. Ayudas que en su conjunto dispondrán de una cantidad máxima de 3 millones de euros, destinándose el 50% de la misma a la rehabilitación.

Unas ayudas, que se podrán solicitar hasta el próximo 15 de octubre, forman parte del VI Plan de Vivienda de Castilla-La Mancha, cuyo «arranque» era aprobado por el Consejo de Gobierno del pasado 31 de mayo.

Con esta orden de ayudas, que era publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el pasado viernes, se da respuesta a una demanda del sector de la construcción y de los ciudadanos, a favor de la unificación de las ayudas que afectan a la vivienda y que con anterioridad estaban contempladas en tres órdenes diferentes. De esta forma se elimina la aportación de documentos, sustituyéndolo por declaraciones responsables, con reducción de plazos y trámites, así como la posibilidad de presentación telemática de solicitudes.

Por primera vez estas actuaciones se realizan de forma integral desde el punto de vista arquitectónico y de eficiencia energética, consiguiendo sumar sinergias, al estimular que las actuaciones contemplen medidas de mejora arquitectónica de la vivienda (estructura, instalaciones y habitabilidad), de mejoras en eficiencia energética y de mejoras en accesibilidad.

Así, las actuaciones previstas en esta orden se organizan en torno a tres programas fundamentales. Por una parte, el programa relativo a la rehabilitación de viviendas, el cual integra las líneas de conservación, mejora de la calidad y sostenibilidad, así como ajustes razonables en materia de accesibilidad.

Un segundo programa se dedica a la sustitución de ventanas por otras más eficientes desde el punto de vista energético; mientras que el tercer programa está destinado a la sustitución de generadores térmicos individuales, también para mejorar en eficiencia energética.

Con estos programas, se señala desde la Consejería de Fomento en el texto de esta orden, se apuesta por la rehabilitación como forma de recuperar un gran parque de viviendas infrautilizado, así como mejorar las condiciones de conservación, de eficiencia energética y de accesibilidad de los inmuebles, y con ello la calidad de vida de las personas que las habitan. Al mismo tiempo, precisan, se impulsa el sector de la construcción, a través de la rehabilitación de ese parque de viviendas.

Cuantías. La cuantía máxima de las ayudas a conceder por vivienda no podrá superar los 1.000 euros para las obras de conservación y para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad; ni los 1.500 para actuaciones de mejora de la accesibilidad.

En cualquier caso, la cuantía máxima por vivienda no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación, aunque de forma excepcional, para actuaciones de accesibilidad, se amplía ese máximo hasta el 50%.

Por su parte en el programa de sustitución de ventanas, el máximo serán 3.000 euros por vivienda (nunca más del 35% del total), y para las calderas un máximo de 400 euros.

Dónde y cuándo. Las solicitudes del programa de rehabilitación de viviendas, así como las relativas al programa de sustitución de ventanas, podrán presentarse hasta el 15 de octubre en los registros de los órganos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; mediante los servicios de la oficina virtual de la Consejería de Fomento o bien a través del teléfono único de información de la Administración de la Junta (012). Sin embargo, antes de proceder a ello, los interesados deberán preparar toda la documentación requerida en cada caso, y cumplimentar la solicitud. Un paso que, por ejemplo en el caso de Toledo, se podrá encontrar ayuda en la Empresa Municipal de la Vivienda, como en anteriores convocatorias.

Por su parte las solicitudes de ayudas al programa de sustitución de calderas, se presentarán en los establecimientos adheridos.