El TSJ anula el proyecto por el que se acusa de prevaricación al alcalde

J.A.J.
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El Tribunal resuelve que el Ayuntamiento no respetó una vía pecuaria al imponer un Plan Especial de Reforma Interior para obligar a un constructor a que le pagara 600.ooo euros

El TSJ anula el proyecto por el que se acusa de prevaricación al alcalde

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región ha anulado el proyecto urbanístico que le ha costado al alcalde de Orgaz, Tomás Villarrubia, verse imputado por un presunto delito de prevaricación. El alto tribunal resuelve que el Consistorio dirigido por Villarrubia, al imponer un Plan Especial de Reforma Interior en un área urbana que perjudicaba a la constructora Nuevo Orgaz, no respetó una vía pecuaria que cruzaba por ella.

Este argumento es el mismo por el que la constructora ha conseguido que el Juzgado de Instrucción Número 2 de Orgaz imputara a Villarrubia por una presumible decisión injusta a sabiendas que puede suponer su inhabilitación. Tras la anulación del primer proyecto urbanístico desarrollado por Nuevo Orgaz y la posterior aprobación del PERI, el Ayuntamiento obligó a la constructora a que le abonara unos 600.000 euros reclamándole aprovechamientos urbanísticos. Este pago impuesto, al igual que el propio PERI, queda anulado, según destaca el abogado de Nuevo Orgaz, Santiago Coello.

El tribunal con sede en Albacete centra su resolución en la vigencia de la vía pecuaria que cruza la zona en disputa, la Unidad de Actuación 14.1. Esta vía, la Vereda Real de Sevilla, conserva una anchura de 75 metros que no quedó reflejada en el PERI aprobado el Ayuntamiento. Aunque el Consistorio se acoge a sus Normas Subsidiarias, que fijan la anchura en 20 metros, señalan que esto nunca recibió el aval preceptivo de la Junta, propietaria de la Vía. Por ello, la Sala reprocha que el Ayuntamiento aprobara el PERI sin pedir expresamente el informe al servicio de Vías Pecuarias de la Junta, como le exigió la Comisión Provincial de Urbanismo para darle el visto bueno.

«Tal defecto formal entiende la Sala que en el presente caso determina que se deba anular el acto impugnado» concluye el tribunal, ya que se incumple el propósito de legalizar la actuación urbanística en que el Ayuntamiento fundamentó su PERI.

resarcimiento de daños. El letrado Coello afirma que este fallo de la Sala de lo Contencioso será remitido al Juzgado que instruye la querella por prevaricación contra Villarrubia a fin de reforzar la acusación. Con la sentencia, está estudiando ampliar la querella porque ve indicios de la existencia de más implicados y otros delitos sucedidos en este asunto.

Coello también ve reforzada la exigencia de una reclamación patrimonial al Consistorio orgaceño para resarcir los daños económicos y morales que ha sufrido su cliente en este tiempo. Así, señala que se ha dificultado su actividad empresarial y hasta su vida normal con la sucesión de embargos que ha sufrido en sus propiedades, que reclama que se levanten tras la resolución del TSJ. «Han quedado una serie de perjuicios desde que empezó este asunto. Todo el ir arriba y abajo con esto hasta le han afectado a su estado de ánimo. Incluso ha padecido un expediente de apremio de pagos, con embargos y recargos. Él está sufriendo», resume.

Esta sentencia es recurrible en casación. Este medio se ha dirigido al Consistorio orgaceño para saber si presentará recurso. El Ayuntamiento y su alcalde han declinado hacer comentarios al respecto.

Por su parte, el responsable de Nuevo Orgaz, Rafael Gómez, señala que «queda demostrado con esta sentencia que Tomás Villarrubia se apartó del procedimiento legal a sabiendas, y con el único fin de perjudicarme a mí,  a mi familia y a mi sociedad». Añade que «es vergonzoso que a un antiguo delegado de Medio Ambiente de Castilla la Mancha se le tenga que corregir judicialmente, ya que es la única forma que tengo de defenderme de esta agresión que dura mas de 10 años, y en la que llevó más de dos sentencias a mi favor».