Un juzgado ordena liquidar la AP-36 y rechaza su rescate por Fomento

J.A.J./Toledo
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El Juzgado Mercantil 2 de Madrid descarta la propuesta del Ministerio de incluir la vía de peaje en una sociedad pública, por defectos como negar los pagos a algunos acreedores. El auto puede comprometer a otras autopistas en quiebra

La advertencia de Ferrovial, uno de los socios de la autopista AP-36  Ocaña-La Roda, de que el plan de rescate del Ministerio de Fomento para a esta y otras vías de peaje en concurso de acreedores podía llegar demasiado tarde, se ha hecho realidad. El Juzgado de lo Mercantil Número 2 de Madrid, responsable de esta suspensión de pagos, ha rechazado el plan estatal para salvar las vías al encontrar en él diversos defectos «insubsanables». Como consecuencia, ordena la disolución de sus dos empresas concesionarias. Puede consultar la resolución en este enlace

Aunque el fallo judicial sólo afecta a esta vía de peaje, supone un primer pronunciamiento que puede influir en las quiebras de otras autopistas como la R-4 Madrid-Ocaña y la AP-41 Madrid-Toledo. El plan de rescate se basa en integrar las vías de peaje con sus deudas en una sociedad pública. A cambio, los bancos acreedores deben aceptar una quita de la mitad de los 3.000 millones de euros  que se les debe y aceptar el pago del resto en un plazo de 30 años.

El Plan puede parecer un mal negocio, pero peor es la alternativa: la liquidación de las nueve autopistas  concursadas. Al ser concesiones del Estado, en éste -y en los contribuyentes- recae la responsabilidad patrimonial última de pagar todos los débitos de estas vías de peaje, desde créditos a pagos a proveedores pasando por indemnizaciones a propietarios de tierras expropiadas para su construcción. Todo esto suma unos 4.800 millones de euros.

Ya en el caso concreto de la AP-36, una vez que se culmine la venta de sus activos, el Estado deberá cubrir todo lo que falte hasta pagar la deuda de 522 millones de euros con que esta infraestructura fue al proceso concursal en 2012.

Sin acuerdo con acreedores.

En su auto, al que ha tenido acceso este medio,  el  Juzgado de lo Mercantil Número 2, descarta usar el plan como convenio de pago a acreedores, la vía prevista en la Ley Concursal para que una empresa salga de la suspensión de pagos sin desaparecer. El juez Andrés Sánchez Magro enumera  una serie de motivos que se resumen en una sola conclusión: el plan no tiene un acuerdo suficiente con  los acreedores de las dos concesionarias de la AP-36, Inversora de Autopistas de Levante y Autopista Madrid Levante, para poder ser aceptado.

Un ejemplo lo da el cálculo de quitas propuesto por la Abogacía del Estado para todos los acreedores, ya que algunos podrían quedarse sin cobrar nada, algo expresamente prohibido por la Ley Concursal «sin que quepa proponer por tanto quitas del 100 por ciento». Ademas, las propuestas  de Fomento «incluyen una serie de renuncias por parte de acreedores y (la empresa)concursada que (...) deberían estar suscritas por los afectados».

El juez señala otros fallos que convierte el plan de Fomento en una chapuza como convenio para resolver un proceso concursal. Incide en que el plan no cuenta con el respaldo de una autoridad gubernativa de rango suficiente, como el mismo Consejo de Ministros o, en su defecto, el delegado de Gobierno para Autopistas, para asegurar que el gasto al que se compromete el Estado tiene respaldo en sus presupuestos. También se subraya que el Estado no ha consultado sobre sus planes a los trabajadores de las dos concesionarios de la AP-36, un trámite  ineludible.

Y en cuanto al meollo de las propuestas de Fomento, el plan de pago de deudas y de viabilidad para la infraestructura, el juez concluye que «surgen dudas de su cumplimiento desde el mismo momento en que existen créditos  (...) vencidos y todavía no abonados».

Esta resolución es recurrible ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Dan más tiempo en otro concurso. 

Por otra parte, el Juzgado de lo Mercantil Número 6 también ha pedido a Fomento que su plan sea autorizado por el Consejo de Ministros para que rija en los procesos concursales de las autopistas  R-3 y R-5. Para ello, se le da un plazo de un mes, según informa la agencia Europa Press.

 

CAMINO A NINGUNA PARTE

Una vía alternativa a Levante  

La Autopista AP-36 discurre paralela a la carretera nacional 301 entre Ocaña y la localidad albaceteña de La Roda. Fue inaugurada en julio de 2006 con el fin de ofrecer un trayecto alternativo de pago a los automovilistas que se mueven entre Madrid y Levante, que usan normalmente la Autovía de Valencia A-3.

Reducción de personal

La llegada de la crisis en 2007 fue reduciendo progresivamente el número de usuarios de la vía de peaje y esta adoptó medidas para capear las dificultades. Entre ellas, hay que citar una serie de 18 despidos entre 2010 y 2011, que supusieron la automatización de lo peajes.

Suspende pagos en 2012

A finales de 2012, las dos sociedades responsables de la concesión de esta autopista,  Inversora de Autopistas de Levante y Autopista Madrid Levante Concesionaria Española, se acogen voluntariamente a un concurso de acreedores al reconocer su estado de insolvencia para afrontar unas deudas que suman 522 millones de euros. El Juzgado de lo Mercantil Número 2 acepta el concurso.

A 43 años vista

Las concesionarias de la AP-36 propusieron en julio de 2014 un plan de pago de sus deudas en un plazo de 43 años. Esto no prosperó.