El TSJ mete presión al Estado para que pague a los expropiados de la autopista Madrid-Toledo

J.A.J./Toledo
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Da un plazo de dos meses a la Administración central para que pague 200.000 euros a dos ciudadanos que perdieron fincas por esta infraestructura. Se estima que el coste total de las expropiaciones superará los 140 millones

El TSJ mete presión al Estado para que pague a los expropiados de la autopista Madrid-Toledo - Foto: Yolanda Lancha

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia ha dado un nuevo golpe a los intereses del Estado en la quebrada autopista AP-41, al insistir en otra resolución en que es el responsable último de pagar los costes de las expropiaciones de esta vía que en su momento otorgó en concesión. Estos costes, en total, pueden superar los 140 millones de euros según han asegurado a este medio fuentes del sector. El fallo confirma la tendencia del TSJ de resolver estos litigios en favor de los propietarios expropiados.

El nuevo fallo mete más presión al Estado al establecer la ejecución de una sentencia previa. Ha sido hecho público por el bufete de abogados Ius Aequitias, que ha representado los intereses de dos dueños de terrenos en su día expropiados por la construcción de la autopista Toledo-Madrid. Se obliga al Ministerio de Fomento a pagarles 200.000 euros por sus fincas perdidas en un plazo de dos meses. Esta resolución aún no es firme , ya que se puede presentar un recurso de reposición ante la Sala.

Hay que recordar que la indemnización inicialmente ofrecida a estos propietarios por la concesionaria de la vía fue muy inferior a la que estos vieron reconocida por los tribunales. Precisamente, el aumento del débito con los expropiados de la autopista (que había estimado para este fin sólo unos 54 millones de euros) fue uno de los factores que la llevaron a declararse en concurso de acreedores en mayo del año pasado.

En el pleito con los representados por Ius Aequitias, la Abogacía del Estado se escudó en la insolvencia de la autopista para reclamar que a los propietarios se les aplicara la Ley Concursal. O sea, que sus deudas sean tratadas como las de otros acreedores, quedando paralizado su pago e incluso sometido a quitas para que contribuyan a sanear las cuentas de la autopista.

Sin embargo, el TSJ afirma que esto atacaría hasta tres preceptos constitucionales: el derecho a la propiedad privada que no puede ser hurtada sin «la correspondiente indemnización», el derecho a la tutela judicial efectiva toda vez que la Justicia ya ha fijado las indemnizaciones, y el derecho a no sufrir dilaciones indebidas en un proceso judicial como éste en el que se ha convertido el pago de las indemnizaciones.

Por ello, el bufete Ius Aequitias celebra que el TSJ ampare «la ejecución directa de las resoluciones judiciales en las que se determina el importe del justiprecio frente a la Administración expropiante una vez constatada la insolvencia de las concesionarias. Así, aún cuando no haya sido demandada, responde en último término y por la vía directa la Administración que expropia un bien a un particular».

La resolución señala que la Administración «posee una responsabilidad compartida con el beneficiario en el pago del justiprecio»,  considerando «ridícula la idea de que pueda delegarse en un particular -la concesionaria-la verificación y respeto a lo que es nada menos que una garantía constitucional», en referencia al derecho a mantener una propiedad privada mientras no se reciba una compensación justa.

Aún con un voto discrepante, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso  mantiene su criterio ante estos casos. Ante la reclamación de otros propietarios que vio en febrero, este órgano afirmó gráficamente que «la Administración debe atender, y lo debe hacer ya, el pago del justiprecio como responsable subsidiario».

1.600 expropiados.

Se calcula que la construcción de la AP-41 por el Sur de Madrid y La Sagra obligó a expropiar más de 11 millones de metros cuadrados a unos  1.600 propietarios de suelo rústico. Aunque la concesionaria de la Madrid-Toledo determinó un valor promedio de 4,65 euros por metro cuadrado, pocos lo aceptaron.

La mayoría pleitearon ante la misma Sala de lo Contencioso del TSJ y lograron que se aceptara su argumento de que el precio ofrecido no tenía en cuenta las expectativas de revalorización urbanística en el futuro de los terrenos expropiados, aunque fueran rústicos. El resultado fue que se aceptaron precios medios de 13 euros por metro cuadrado, el triple de lo previsto, llegándose en algún caso a los 23 euros.