Fedeto concluye que el IBI cobrado de más por los suelos urbanizables deberá ser devuelto

J. S. / Toledo
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El informe de la patronal concluye que la sentencia del Supremo sobre el IBI tiene carácter retroactivo. De ser así tendrá consecuencias millonarias para las arcas de Toledo y Talavera

Fedeto concluye que el IBI cobrado de más por los suelos urbanizables deberá ser devuelto - Foto: Yolanda Lancha

La sentencia del Tribunal Supremo sobre el IBI tiene carácter retroactivo. Ésta es la principal conclusión del informe jurídico elaborado por la Federación Empresarial Toledana (Fedeto) para analizar las consecuencias del fallo del alto tribunal que establece que un suelo calificado urbanísticamente como urbanizable debe tener fiscalmente el tratamiento de rústico si no cuenta con un PAU aprobado que lo desarrolle. La decisión judicial, que resuelve la reclamación judicial de la Fundación Dolores Bas contra el Ayuntamiento de Badajoz tiene repercusión en toda España.

El hecho de que la sentencia tenga carácter retroactivo significa que los ayuntamientos –en la provincia los más afectados son los de Toledo y Talavera- deberán devolver las cantidades millonarias que han venido cobrando a los titulares de los suelos afectados, muchos de los cuales se encuentran en la ruina al no haber podido hacer frente al pago de los recibos. Sólo en Toledo, la repercusión hasta 2013 puede cifrarse en 4 millones de euros anuales. Y el POM se aprobó en 2007. Es decir, seis años de recaudación en entredicho. Desde este año en Toledo está vigente una ponencia parcial que reducía el valor catastral de los suelos urbanizables por lo que la recaudación ya va a ser menor, aunque, en cualquier caso, superior a si tributaran como rústicos.

De momento, Fedeto ya ha decidido dirigirse a los ayuntamientos de la provincia para que identifiquen de oficio las fincas y los terrenos a los que afecta la sentencia del Supremo. Realizado este primer paso deben ser los propios ayuntamientos los que insten al catastro a modificar el valor catastral de esas parcelas y así volver a pagar IBI rústico. Y es que aunque el Impuesto de Bienes Inmuebles es un tributo municipal, este se calcula según la ponencia de valores que determina el Catastro.

No obstante, Fedeto parece no confiar demasiado en el buenismo de las administraciones locales y más cuando se trata de ver cómo merman sus ingresos tributarios. Por ello, la patronal toledana tiene elaborado un ‘Plan B’ en caso de que algún Ayuntamiento de la provincia no se muestre colaborativo. En ese caso, la Federación Empresarial Toledana ofrecerá asesoramiento jurídico a los empresarios que de forma individual se vean obligados a recurrir sus recibos de IBI. El asesoramiento incluirá el modelo de recurso que deberán presentar para salvaguardar sus intereses.

«No tiene jurídicamente ningún sentido que cada ciudadano afectado debe empezar un periplo jurídico y judicial individualizado. Los ayuntamientos deben velar para que los ciudadanos salgan lo más beneficiados posible», concluye el secretario general de Fedeto, Manuel Madruga, que recuerda que no sólo el IBI está afectado por la sentencia del Tribunal Supremo, ya que también lo están los impuestos de sucesiones y donaciones y el impuesto sobre el incremento de los Valores de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía.