Un fraude millonario

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Unión Fenosa Distribución abrió cerca de 8.000 expedientes por irregularidades en la red eléctrica en la provincia de Toledo a lo largo del pasado año • El fraude más habitual es la manipulación del contador

Unión Fenosa Distribución abrió un total de 7.967 expedientes por irregularidades en la red eléctrica en la provincia de Toledo a lo largo del pasado 2015, con una energía recuperada de más de 61 GWh, una cifra de expedientes que se sitúa en la misma línea a la registrada durante el ejercicio previo, siendo la tipología más habitual de fraude detectada en la provincia de Toledo la manipulación del contador, seguida por los enganches ilegales a la red eléctrica.

Las conexiones ilegales a la red y la manipulación de la instalación eléctrica y de los equipos de medida, realizadas sin supervisión de la compañía energética, son peligrosas y ponen en riesgo a quien las ejecuta, a las personas que viven en el edificio, a los operarios eléctricos  y a la propia instalación, tal y como indica la compañía.

Además, el fraude perjudica al conjunto de los consumidores que sí cumplen con sus obligaciones. De este modo, la configuración del marco tarifario asigna la energía defraudada al cálculo de las tarifas, lo que provoca que los usuarios paguen por aquellos que realizan  irregularidades. De esta manera, cada año el fraude provoca un sobreprecio del recibo que la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha cuantificado en 150 millones de euros.

Y, asimismo, el fraude energético en el sector empresarial supone un acto de competencia desleal frente a otras empresas del mismo sector que actúan dentro de la legalidad. Las empresas legales pagan sus recibos y, además, de forma indirecta, tienen que abonar los de sus competidores.

Por otro lado, este tipo de fraude sustrae ingresos a la Hacienda pública y a las comunidades autónomas, con los que se financian los servicios de Administración. Los impuestos sobre el consumo eléctrico equivalen, aproximadamente al 27 por ciento de la factura energética que paga un cliente residencial.

Delito tipificado. El fraude energético es un delito tipificado en los artículos 255 y 623.4 del Código Penal. Además, existe regulación específica sobre la forma de llevar a efecto la regularización del consumo no facturado a causa del fraude en las instalaciones.

Las sanciones administrativas son de tipo económico y pueden estar derivadas de la aplicación de decretos (como el 1955/ art.87/ Potencia x 6 horas x días de irregularidad) o de la aplicación de sanciones específicas que pudieran definir los órganos competentes como las direcciones generales de Industria.

La Ley 24/2003, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, establece entre las funciones de las empresas distribuidoras las referidas a la detección y puesta en conocimiento de autoridades y clientes de las situaciones de fraude en la red y en los equipos de medida.