Absuelto tras ser sorprendido con droga en la cárcel porque la llevaba para autoconsumo

J.A.J./Toledo
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La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha absuelto al ciudadano colombiano M.C.Z. de un delito de tráfico de drogas, con agravante de reincidencia, tras serle encontradas dos papelinas de heroína en la cárcel de Ocaña II en la que cumplía condena. El tribunal da por buena la versión del acusado de que la droga la tenía para su propio consumo, más cuando la cantidad decomisada del estupefaciente ascendía a sólo 0,6 gramos. La Fiscalía pedía este individuo una pena de siete años y nueve meses de cárcel.

En su sentencia, la Sección Primera aplica el principio de la duda razonable en favor del acusado ya que éste siempre mantuvo en el juicio que tenía la droga para consumirla él mismo, no para revenderla. Reconoció que era consumidor habitual de drogas, aunque manifestó que tomaba hachís, sustancia que pensaba que contenían las papelinas.

Para el tribunal, juega en favor del acusado la escasa cantidad de estupefaciente que se le confiscó, que estaba valorada en algo menos de siete euros. Además, la Audiencia recuerda que la mera tenencia de estupefacientes no está catalogada como delito si se justifica en un consumo propio, como han marcado numerosas sentencias dictadas en casos similares.