Cambios más allá del nombre

J. Monroy | TOLEDO
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Voto vecinal, pero en lo meramente consultivo; menos peso vecinal y más político; la misma organización interna; menos sesiones plenarias; y funciones más acotadas en los consejos de participación

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Lo primero que llama la atención en la propuesta municipal de participación es el cambio de nombre de las juntas de distrito por los consejos de participación. Más allá de lo anecdótico, hay cambios importantes y cuestiones que continúan idénticas a lo que había hasta ahora. Pero los cambios no siempre son los que esperaban los vecinos.

Para empezar, el borrador municipal copia la exposición de motivos del Reglamento Orgánico de los Distritos, aunque eliminando que «la actuación de los Distritos ha de ajustarse a los principios de unidad de gobierno, eficacia, coordinación y solidaridad, y se tenderá a la homogeneización de sus estándares de equipamientos».

Después el nuevo texto reproduce la división existente de barrios por distrito, y aborda la competencia de los mismos acotándola. El antiguo texto recogía que «los órganos de los distritos podrán ejercer funciones en cualquier materia de competencia municipal que sean delegadas por el Alcalde, la Junta de Gobierno u otros órganos municipales». El actual habla de la labores de información, colaboración en la solución de problemas, traslado de las propuestas vecinales y fomento de la participación directa.

En cuanto a la composición, las antiguas juntas de distrito tenían un presidente y un vicepresidente, un representante de cada grupo municipal y otro de cada una de las asociaciones de vecinos del barrio. El nuevo documento da más peso a los grupos políticos y se lo resta a los vecinos. Otra diferencia es que si antes sólo podían votar los representantes de los partidos, ahora lo podrán hacer todos los componentes del consejo de participación. En cualquier caso, eso tampoco tiene que contentar mucho a los vecinos, tanto por la bajada de representación, como porque su objetivo era las juntas de distrito fueran vinculantes. Porque los consejos de participación son meros órganos de carácter consultivo para el Ayuntamiento, y no vinculante. En consecuencia, no hay cambios, la última palabra sobre todo lo que se apruebe será del equipo de Gobierno.

Aunque expresadas de distintas formas, el orden del día de las sesiones plenarias de juntas de distrito y consejos serán casi idénticas. Comenzarán por la aprobación del acta de la última sesión. Seguirán los informes del presidente, las propuestas de los miembros de la mesa (antes limitadas en la teoría pero no en la práctica) y los ruegos y preguntas. No se aclara en el nuevo texto si podrán participar en estas los miembros del público, aunque parece que estos tendrán más posibilidades de expresarse en las asambleas de vecinos.

Aunque en la práctica durante la última legislatura no fue así, las juntas de distrito se tenían que celebrar una vez al mes, salvo en agosto. Ahora se desarrollarán cada tres meses, mientras que las asambleas vecinales serán cada dos. La ‘trampa’ puede ser que si la mayoría de consejos y asambleas quieren sesiones extraordinarias, pueden obligar a su convocatoria. Es decir, los vecinos podrían obligar al equipo de Gobierno a sesiones mensuales si se ponen de acuerdo para ello e implican a algún grupo político.