El Tribunal Supremo acepta la querella contra la alcaldesa por la anulación de sanciones de tráfico

J.A.J./Toledo
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El máximo tribunal admite a trámite la acción de la Fiscalía contra la también senadora del PP, por anular indebidamente la retirada de puntos en cuatro multas. El Senado debe autorizar la imputación o aceptarla ella voluntariamente

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la querella presentada por la Fiscalía contra la alcaldesa de Corral de Almaguer, la también senadora del Partido Popular Juliana Fernández de la Cueva, por una presunta prevaricación al anular indebidamente cuatro sanciones de tráfico. Así se recoge en un auto de su Sala de lo Penal  que el máximo tribunal acaba de hacer público. La querella también afecta al exteniente de alcalde corraleño, Vicente González Ramírez, como instructor de aquellas sanciones.

El Supremo ha tenido que resolver en esta querella por el cargo de Fernández de la Cueva como senadora, que la otorga protección legal como aforada. Esto determina que, pese a la admisión a trámite, aún no pueda considerarse técnicamente a la regidora como imputada. En los próximos días, el Supremo deberá remitir al Senado un suplicatorio, petición de inculpación de uno de su miembros. La Cámara Alta debe autorizarlo, tal y como recoge el artículo 71.2 de la Constitución. El reglamento del Senado prevé que la petición del Supremo pase por la Comisión de Suplicatorios de la Cámara para su posterior aprobación por el Pleno en una sesión secreta.

La senadora también tiene la opción de pedir declarar voluntariamente acompañada de su abogado ante el juez del Supremo al que se ha asignado la causa, José Manuel Maza. Esto evitaría el farragoso trámite del suplicatorio, que puede demorarse hasta 60 días del calendario de sesiones del Senado. No hay que olvidar que esta Cámara deberá ser disuelta en otoño, antes de las elecciones generales de final de año. A esta opción se acogieron los parlamentarios del PSOE andaluz implicados en el caso de los ERE, entre ellos el ya exsenador José Antonio Griñán. Con esta petición voluntaria, se entendería que Fernández de la Cueva acepta su condición de imputada.

En caso de que la senadora renunciara a su escaño, se plantearía como posible que el asunto retornara a la instrucción en su lugar natural, los Juzgados de Quintanar de la Orden.

Indicios.

La Sala de lo Penal concluye que «del relato de los hechos de la querella presentada por el Ministerio Fiscal ante esta Sala se desprende que estos pueden ser susceptibles de ser subsumidos, al menos indiciariamente, en el delito de prevaricación administrativa». Este delito está penado con inhabilitación para cargo público de nueve a quince años.

En su querella, la Fiscalía expone cuatro casos abiertos por la Policía Local ocurridos en 2013: dos multas por conducir bajo los efectos de bebidas alcohólica, una por conducción temeraria y otra por conducir sin el cinturón de seguridad. La tramitación efectuada por el exteniente de alcalde González, ratificada por la alcaldesa, supuso que los sancionados en estos casos aceptaran pagar la multa correspondiente, con una reducción a la mitad, pero a la vez no sufrieran pérdidas de puntos en su carné de conducir. El mantenimiento de puntos con estas sanciones no está permitido al contravenir  la Ley de Seguridad Vial, según remarca el fiscal.

El Supremo también se hace cargo de la instrucción sobre el exteniente de alcalde por «la imposibilidad real de desvincular los hechos del aforado y del que no lo es».