Condenan a una caja a devolver 19.000 euros por las cláusulas suelo

e,martín La Tribuna
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Un juzgado de Toledo falla a favor de un usuario con la doctrina del Tribunal Europeo, partidario de devolver lo pagado indebidamente

Un vecino de Toledo capital ha conseguido que una entidad bancaria le devuelva los intereses según la doctrina del Tribunal Europeo que mejora la sentencia del Supremo de 2013 por las cláusulas suelo. La sentencia, emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Toledo, se pronuncia en la línea con los informes de la Comisión Europea de julio y  octubre de 2015 y declara la nulidad de la cláuslula suelo condenando de esta forma a la entidad a la devolución de la totalidad de las cantidades que, según explican desde Unive Abogados, han sido indebidamente pagadas desde la fecha de la firma del contrato y que ascienden a cerca de 19.000 euros, con sus correspondientes intereses legales, y al pago de las costas del procedimiento a la persona afectada.
Como explican desde el bufete, lo que están haciendo los juzgados es fallar a favor de devolver los intereses que han pagado los consumidores de forma indebida como consecuencia de la cláusula suelo de los préstamos hipotecarios. Pero hasta el momento devolvían desde el 9 de mayo de 2013 conforme a las directrices del Tribunal Supremo y ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sacado diversos informes en los que se muestra partidario de que si una clásula se declara nula por abusiva no se puede modular desde cuándo se devuelve la cantidad sino que tiene que ser desde el inicio. La Unión Europea todavía no se ha pronunciado definitivamente, pero algunos tribunales españoles, a pesar de lo dicho por el Tribunal Supremo, están adoptando ya este criterio de la Unión Europea. Es lo que sucede en este caso que ha tramitado el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Toledo, que ha dado la razón al usuario, al que se le tendrá que devolver el importe indebidamente pagado desde el inicio de la escritura hipotecaria conforme al Tribunal de Justicia de Bruselas. En este caso son 19.000 euros.
Desde el bufete apuntan que en toda España, no obstante, hay pocos juzgados que se están guiando por este criterio. Un vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie definitivamente en verano se adoptará el criterio, pero por ahora en España el Tribunal Supremo dice que es solo desde 2013, por lo que son pocos los juzgados que conceden la devolución íntegra.
 
el 12 de julio.  El 12 de julio será cuando el abogado general  del Tribunal de Justicia de la Unión Europea presente sus conclusiones sobre la retroactividad de las cláusulas suelo aunque se trata de una opinión independiente y no vinculante para la posterior sentencia firme, que será publicada a finales de año. La justicia de Bruselas debe dirimir si la devolución de cantidades por la existencia  de cláusulas abusivas debe calcularse desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo, o desde el inicio de cada contrato hipotecario.