El TSJ abre periodo de alegaciones para la ejecución de sentencia del POM

F.F.
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El Ayuntamiento ha recibido la notificación y ha puesto a sus técnicos a valorar los perjuicios de paralizar el POM para solicitar que se imponga fianza a Ecologistas en Acción

El TSJ abre periodo de alegaciones para la ejecución de sentencia del POM - Foto: Consuelo Lopez

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha(TSJ) ha comunicado  al Ayuntamiento de Toledo que Ecologistas en Acción ha solicitado la ejecución de la sentencia que anula el Plan de Ordenación Municipal y ordena retrotraer el proceso a la fase de información pública. El concejal de Urbanismo, Javier Nicolás, confirma la noticia y explica que ahora se abre un plazo para contestar defendiendo la imposición de una fianza cuya cuantía están calculando los técnicos municipales en relación con el perjuicio que consideran que causaría a la ciudad la paralización del planeamiento urbano.

Se abre un periodo de espera para conocer si triunfan las tesis de una u otra parte. Nicolás se muestra tranquilo porque da por descontado que el Tribunal impondrá fianza.

Ecologistas en Acción confía en que no se proteja a quien ha incumplido la ley y ha declarado que ellos no tienen posibilidades de hacer frente a ninguna cantidad, por pequeña que fuera.

Pero es que si la caución se acerca a lo que indique el Ayuntamiento se va a hablar de millones de euros porque, simplemente los siete puentes que hay que construir para cruzar el Tajo están valorados en unos 30 millones de euros.

Las cantidades de dinero que iba a mover la puesta en práctica del documento (antes de la crisis, y todo ha bajado mucho) estaban en 233 millones de los sistemas dotacionales (espacios libres y equipamientos) y 167 para infraestructuras de abastecimiento (agua, electricidad...) 451 millones para la construcción de vías de comunicación de los que los promotores privados deben pagar 389 millones y las administraciones 54.

Todo esto para dar cobertura a millones de metros cuadrados de suelo con capacidad para construir 49.599 viviendas, para generar 50.000 empleos, 68 calles y avenidas nuevas, 16 ampliaciones y 9 remodelaciones.

El Tribunal deberá sopesar si paraliza este presunto movimiento de dinero (hasta ahora fuera de lo que ha sido el parque comercial de la Abadía no puede presumirse de muchos resultados sobre el terreno) o si admite que el POM siga en funcionamiento hasta que el Supremo decida si el proceso de aprobación del documento se ajustó a ley o no.

Hay que recordar que la de Ecologistas en Acción es sólo una de las siete sentencias idénticas que anulan el POM porque los magistrados consideran que el Ayuntamiento y la Junta de Comunidades se saltaron la ley nacional de suelo en su apartado de participación pública al no haber expuesto el documento a la opinión de los vecinos tras introducir «modificaciones sustanciales».

El problema se produce porque la ley regional establece otro procedimiento según el cual no hace falta volver a sacar a información pública sino que vale con que el resultado de las modificaciones se publique en el diario oficial o un periódico y las sean comunicadas a las partes interesadas.

Por otro lado hay jurisprudencia para todos los gustos. La que peor le va al Ayuntamiento está en contra de permitir que las decisiones de la Administración condenada sigan produciendo efectos contrarios a quienes han sido parte del litigio y  señala explícitamente que debe «abstenerse de adoptar actos amparados en la disposición anulada» ya que la sentencia anulatoria cobra efectos desde que es notificada, con independencia de que sea firme o no.

Los abogados municipales discrepan y apelan al criterio de que al tratarse de una sentencia recurrible, por tanto no firme, se estaría privando al Ayuntamiento de la propia ventaja que supone su capacidad de apelar en casación y le estaría impidiendo ejercer sus competencias. Y, más importante, consideran que se produciría un «vacío» legal ya que el anterior plan general está derogado y el actual quedaría en suspenso.