Los informes municipales no reconocen la aplicación del fallo del Supremo

Leticia G. Colao
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Los textos establecen que la sentencia de Badajoz queda a libre interpretación de jueces por lo que «en nada afecta» a Talavera

El Ayuntamiento no reconocerá por el momento la sentencia del Supremo en la ciudad. - Foto: Manu Reino

Los informes municipales solicitados por el equipo de Gobierno tras conocer la sentencia del TribunalSupremo en la reclamación judicial de Badajoz por el cobro del IBI no reconocen su aplicación en Talavera ni por tanto, en todo el territorio nacional. Así lo especifican los textos emitidos por el interventor y el secretario general al asegurar que los efectos de la sentencia que establece que un suelo calificado como urbanizable debe tener el tratamiento fiscal de rústico si no se va a desarrollar a corto o medio plazo, «en nada afecta al municipio de Talavera por lo que huelga hablar de su aplicación para el año 2014 y si tiene carácter retroactivo».

En uno de ellos, concretamente en el informe emitido por el secretario general del Consistorio, se asegura que al haberse desestimado el recurso de casación en interés de ley interpuesto por la Abogacía del Estado, «no se ha fijado la doctrina legal sobre este asunto, por lo que queda a la libre interpretación de los jueces y tribunales que tengan que resolver los litigios que ante ellos se pueden plantear». En el segundo, redactado en este caso por el interventor, José Carlos Ameiro, se recoge que los terrenos afectados en la ciudad podrán cambiar su valoración únicamente tras el fallo de la reclamación económico-administrativa interpuesta por la asociación Apovata contra la ponencia de valores y del que aún nada se sabe. Así, explica que hasta que dicho fallo no se produzca, «no cabría reconocer efectos presentes ni retroactivos en el pronunciamiento del Tribunal Supremo» por tratarse de los actos liquidatorios del IBI 2013 y 2014 respecto de las que cabe presumir su presunción de legalidad amparados en la vigente Ley General Tributaria.

El informe asegura que en Talavera sólo podría aplicarse una sentencia referida única y exclusivamente al caso de los terrenos en la ciudad aunque destaca que actualmente hay 74 reclamaciones presentadas en la administración local interpuestas por vecinos afectados por dicho pronunciamiento judicial solicitando su exclusión del censo de contribuyentes por el IBI de naturaleza urbana.

Devolución de cobros indebidos. Del mismo modo, y en cuanto a la devolución de las cuotas tributarias correspondientes al presente año, los informes consideran que «gozan de la presunción de legalidad a que se refiere la vigente Ley General Tributaria». Por ello, continúa, y en consecuencia, «no cabe hablar de anulación de aquellos valores susceptibles de ser afectados por la sentencia ni de devolución de impuestos indebidos que tuvieran relación con dicho procedimiento judicial».

Se trata de una conclusión que poco tiene que ver con la que recoge el informe jurídico elaborado por la Federación Empresarial Toledana y que ya publicó este diario el pasado lunes. En ella, se explica que la sentencia del alto tribunal tiene carácter retroactivo  por lo que los ayuntamientos deberán devolver los impuestos cobrados a los propietarios de estos terrenos, llegando en casos como el de Talavera o Toledo a cifras millonarias.