Recuerdan que cabe recurso al IBI

L.T.
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Castillo deja claro que bajo criterios de responsabilidad, el Ayuntamiento «tiene la obligación de esperar los pronunciamientos que respecto a la sentencia pueda adoptar la administración recurrida en el proceso, la Dirección General del Catastro.

El edil de Hacienda dice que contra la sentencia cabe recurso de casación que deberá presentarse en plazo de 30 días desde su notificación. No obstante, dijo que el Ayuntamiento, por ahora no tiene constancia del criterio que adoptará la Dirección General del Catastro, «algo fundamental en orden a acreditar la firmeza o no de la tan citada sentencia» y recordó los beneficios fiscales ya adoptados.